martes, 25 de agosto de 2009

TEMA 8.1 o 10. CONTRATOS DE SEGUROS

Universidad Alejandro de Humboldt
Materia: Legislación Mercantil.
Profesor: Fabio L. Jiménez A.


Tema 8.1. Contratos de Seguros: Definición, características, clasificación. Formación y prueba de Contrato: Póliza. Elementos del Contrato de Seguros: interés, riesgo y prima. Partes del Contrato de Seguros: tomador y asegurador. Deberes y obligaciones de las Partes. Contrato de Reaseguro.
Concepto.
- Es un contrato por el cual, uno de los contratantes (“asegurador”) se obliga a pagar una establecida indemnización, en la oportunidad en que se produzca un hecho predeterminado y el otro contratante (“tomador”), se obliga a pagar una prestación generalmente en dinero.
Características.
1.- Naturaleza: Es un contrato (convención entre dos o más personas para constituir, regular, modificar o extinguir un vínculo jurídico).
2.- Bilateral, ambas partes se obligan.
3.- Aleatorio, el pago depende de un hecho casual.
4.- De ejecución continua, dura en el tiempo y las partes quedan obligadas.
5.- Solemne, se perfecciona mediante un documento llamado Póliza.
6.- De buena fe, se presume.
Clasificación.
1.- Seguro de cosas. No hay lucro sino indemnización.
2.- Seguros de Personas, puede haber lucro para el beneficiario de la Póliza. También puede ser contra enfermedades.
3.- Seguros de Patrimonio, los daños que se producen a terceros.
4.- Seguros Sociales, son los que cubren los riesgos y las necesidades de la clase trabajadora por imposición del Estado.
5.- Seguros Privados, son los que cubren los riesgos y necesidades de los particulares por iniciativa y contrato de los mismos particulares.
Factores integrantes del seguro
1.- Sujetos: Asegurador, Asegurado, Estipulante (quien suscribe la póliza en los seguros de personas), Beneficiario (solo en el seguro de personas).
2.- Prima: La suma de las primas.
3.- Riesgo, que el patrimonio del asegurado sea dañado o que le sobrevenga la muerte.
Indemnización, Cantidad que debe pagar el asegurador como consecuencia del daño sufrido por el asegurado.
Póliza.
Es el documento en el que esta contenido un contrato de seguro, artículo 549 C Co,
Clases de Póliza.
Nominativas, no tienen posibilidad de cesión de los derechos.
Al portador, el portador legítimo de la póliza es el titular de la misma.
A la orden de determinada persona.
General, cuando cubre un conjunto de objetos reunidos.
Singular, cuando cubre un riesgo determinado.
Contenido de la Póliza., articulo 550 del C. Co.
Objeto del seguro, es una de las condiciones para la existencia del contrato.
Nulidad del contrato de seguro por el objeto, cuando el objeto del seguro es una ganancia futura; los objetos de ilícito comercio; las cosas que han corrido ya el riesgo.
El Reaseguro.
Es el seguro del seguro.
Consensual, paritario.
Contrato por medio del cual el asegurador o el asegurado, aseguran sus respectivos riesgos, art. 553 C.Co.
Modalidades del reaseguro.
Es automático, cuando es determinada cantidad, sin necesidad de hacer contrato.
Facultativo, se reasegura cada cosa determinada con un contrato diferente.
Reciproco, es entre varios aseguradores, y comparten los riesgos.
Coaseguro.
Contrato por el cual el asegurador que contrato con el asegurado no es uno sino varios.
Seguro global, en el contenido de la póliza se explico que se debía designar la naturaleza y el valor de la cosa asegurada.
Prueba de la existencia del objeto asegurado y de su valor, compete al asegurado demostrar que el objeto asegurado se encontraba en el momento del siniestro, art. 554.


Bibliografía

-Código de Comercio.
- Anotaciones de Derecho Mercantil. Alejandro Tinoco.
- Curso de Derecho Mercantil. Roberto Goldschmidt.2007
- Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. G. Cabanellas. Editorial Heliasta.
- Código Civil Venezolano. Emilio Calvo Baca. Comentado y concordado.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario